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Solicitar indemnización por Protección de Datos

Adapta tu empresa a la Ley de Protección de Datos y evita indemnizaciones

¿Aún no has adaptado tu empresa o entidad al Reglamento General de Protección de Datos? ¿y te preocupa recibir sanciones que acaben en una indemnización por vulnerar la protección de datos? 

HOLA RGPD responde a esta necesidad y te ayudamos a tanto tu empresa esté protegida y los datos de tus clientes estén seguros. Si estás interesado/a, solo tienes que ponerte en contacto con nosotros. Analizamos tu caso en detalle para aplicar una estrategia adecuada y no malgastar tiempo o dinero. 

¿Puedo solicitar indemnización por Protección de Datos?

Sí. 

indemnización por Protección de Datos

¿Puedo solicitar indemnización por Protección de Datos?

Sí.

La AEPD Agencia Española de Protección de Datos, como los Tribunales se han pronunciado en diversas resoluciones, en las que se condena a empresas a indemnizar a los afectados por haber existido una vulneración de su derecho a la protección de sus datos personales. Como infracciones más frecuentes son los casos de inclusión indebida en ficheros de morosos, utilización de datos personales o utilización de imágenes sin el debido consentimiento de los titulares de las mismas. 

Según el Art 82.1 del Reglamento General de Proteccion de datos, «toda persona que haya sufrido daños y perjuicios materiales o inmateriales como consecuencia de una infracción del presente Reglamento tendrá derecho a recibir del responsable o el encargado del tratamiento una indemnización por los daños y perjuicios sufridos».

Y ¿cómo ejerzo este derecho a ser indemnizado/a?

El interesado, es decir, el afectado, el cual ha sufrido la vulneración de sus datos personales, interpondrá la demanda ante los tribunales competentes, la vía jurisdiccional civil, ante la cual podrá obtener una indemnización por dichos daños o perjuicios.

En caso de que se haya producido una vulneración de nuestros derechos que suponga un perjuicio para nuestra imagen o nuestros derechos, primero se identifica si la vulneración la he realizado una empresa pública o privada.

Si se trata de una Administración pública existen límites dependiendo de lo que diga la legislación administrativa y la LOPD. Habrá casos en los que podremos demandar a una Administración pública.

Cuando la vulneración la realice una empresa privada, por ejemplo ponemos el caso de una compañía telefónica que incluye indebidamente al afectado en un fichero de morosos, entonces sí que puede reclamar esa indemnización por daños y perjuicios.

Dicho lo anterior, recalcamos que no es la AEPD la encargada de tratar esta incidencia, si no que será el Juzgado. El afectado debe de presentar una demanda por vía judicial contra el infractor, que puede ser el organismo público o privado. Lo realizará a través de la representación legal de un abogado y un procurador de los Tribunales. El Juez, en todo caso, dictará sentencia valorando la petición del afectado y condenando al demandado a que le indemnice si corresponde. Lo habitual es que estas se resuelvan a través del juicio ordinario.

A la hora de presentar la denuncia, el afectado deberá acreditar el perjuicio causado y su cuantía, contar con asistencia de abogado y procurador. Y probar la relación entre el daño causado y la vulneración de protección de datos que haya dejado expuestos lo datos personales del afectado (denunciante).

El tratamiento de los datos personales es un tema delicado, sobre todo cuando se difunden sin el consentimiento de los afectados y esto causa un daño directo en su imagen pública (honor o intimidad), siendo esto una de las razones por las que se desarrolló el conocido RGPD y la LOPDGDD, lo cual repercute en una sanción para el Responsable o Encargado de tratamiento denunciado.

La violación de este derecho se califica como una infracción muy grave y dicta indemnizaciones por vulneración de datos personales muy elevadas, pudiendo alcanzar los 20 millones de euros o el 4% de su facturación al año. 

Es por esto, por miedo a que les interpongan una demanda contenciosa-administrativa de reclamación de indemnización, por lo que cada vez son más las empresas, autónomos y otras entidades optan por contratar a una empresa especializada para llevar a cabo la consultoría de Protección de Datos interna y externa referida a la adaptación legal de la web y/o App. 

¿ Estás concienciado/ a de que tu negocio ha de cumplir la normativa de la Ley de Protección de Datos LOPDGDD ? ¿ O quieres correr el riesgo de recibir algún día una reclamación de cantidad, una indemnización de un cliente u otro usuario, por vulnerar la Ley ?

¿ Estás preparado/a  para poner en práctica el Reglamento europeo dentro de tu empresa ? Si tienes dudas sobre cómo empezar contacta conmigo, cumple el RGPD, gana la confianza de tus clientes y mejora la reputación de tu negocio.

Si aún te quedan dudas sobre si tu negocio o empresa está cumpliendo con la legislación vigente en materia de Protección de datos en Córdoba o si necesitas un Delegado de Protección de datos, ponte en contacto con nosotros en info@holargpd.es, empresa local cordobesa de Protección de datos.

Te ofrecemos consultorías de 30′ gratuitas, para ayudarte a saber si cumples o no cumples la normativa actual de Protección de datos, asesoramiento en Evaluaciones de Impacto y Servicio de Delegado de Protección de datos DPO, DPO Córdoba.

Tanto para consultorías de Protección de datos Córdoba como a nivel nacional, se concertarán online por videoconferencia o llamada telefónica.

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