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Sanción Protección de Datos de 8,2 millones de euros a VODAFONE por sus llamadas, correos y mensajes comerciales…

Sanción Protección Datos de 8,2 millones de euros a Vodafone por sus llamadas y mensajes comerciales…

La Agencia Española de Protección de Datos ( AEPD )  ha impuesto cuatro sanciones diferentes a Vodafone España, por un importe total de 8,15 millones de euros, por la realización de diferentes acciones de marketing y prospección comercial por medio de llamadas y envíos de comunicaciones comerciales electrónicas, SMS y correos electrónicos.

Vodafone ha incumplido además de la Ley de Protección de Datos personales y Garantía de Derechos Digitales, la Ley general de Telecomunicaciones y la Ley de Servicios de la Sociedad y de Comercio Electrónico.

La Agencia Española de Protección de Datos ( AEPD )  ha impuesto cuatro sanciones diferentes a Vodafone España, por un importe total de 8,15 millones de euros, por la realización de diferentes acciones de marketing y prospección comercial por medio de llamadas y envíos de comunicaciones comerciales electrónicas, SMS y correos electrónicos.

Vodafone ha incumplido además de la Ley de Protección de Datos personales y Garantía de Derechos Digitales, la Ley general de Telecomunicaciones y la Ley de Servicios de la Sociedad y de Comercio Electrónico.

La empresa Vodafone, viene recibiendo reclamaciones contra la empresa, desde el segundo trimestre del año 2018 y ha sido multada en más de 50 ocasiones por la AEPD.

La resolución comunica que las comunicaciones de Vodafone no han sido solicitadas o expresamente autorizadas por las personas que las han recibido, las cuales no han podido ejercer el derecho a oponerse, o se han dirigido a personas que habían solicitado su inclusión en las listas de Robinson, un directorio en el cual se inscriben los que no desean recibir publicidad, y tampoco se adecuaban a los procedimientos y garantías establecidas para realizar todas estas acciones de publicidad.

La Resolución cuenta con más de 90 páginas, solo con este dato puedes hacerte idea de la embergadura de la sanción de Protección de Datos impuesta por la AEPD, y clasifica en cuatro sanciones:

  • Infracción del art. 28 RGPD: con 4.000.000 millones de euros, por falta de control real, contínuo, permanente y auditado de todos los tratamientos que han realizado los encargados.
  • Infracción del art. 44 RGPD: con 2.000.000 millones de euros por realizar transferencias internacionales de datos.
  • Infracción art. 21 de la Ley 4/2002 de la LSSCI: con 150.000 euros, por envío de comunicaciones comerciales sin consentimiento.
  • Infracción art. 48.1.b Ley General de Telecomunicaciones, LGT, en relación con el art. 21 RGPD y 23 LOPDGDD: con 2.000.000 millones de euros, por no haber atendido el ejercicio de derechos de los interesados o haber realizado una atención insuficiente de los mismos.

Vodafone considera muy desproporcionada la sanción y recurrir con la presentación de un recurso ante la AEPD y después según lo que dicte la Agencia, presentará un contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional. La empresa comunica que la responsabilidad que se le imputa no le corresponde y también que la sanción propuesta es desproporcionada a la comisión del delito.

Procedimiento Sancionador a Vodafone:

https://www.aepd.es/es/documento/ps-00059-2020.pdf

 

 

 

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